La ley del Asturiano está pendiente de un recurso ante el Constitucional
Oviedo, P. R.
Xurde Blanco Puente, letrado funcionario del Principado de Asturias, ha presentado un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del Principado contra una sentencia del Juzgado número 5 de lo contencioso-administrativo de Oviedo, que le negó el derecho a tramitar solicitudes de vacaciones y permisos de asuntos propios en lengua asturiana.
Xurde Blanco mantiene desde hace tiempo un contencioso contra la Administración del Principado, en concreto contra la Consejería de Presidencia, porque le deniega el derecho a presentar escritos en lengua asturiana, vulnerando, a su juicio, la ley de Uso y Promoción del Bable/Asturiano.
El pasado mes de septiembre, el magistrado Miguel Ángel Carbajo Domingo, del Juzgado número 3 de lo contencioso-administrativo de Oviedo, decidió llevar al Tribunal Constitucional el apartado número 2 del artículo 4 de la citada ley por su «posible inconstitucionalidad». En ese apartado se dice textualmente que «se tendrá por válido a todos los efectos el uso del bable/asturiano en las comunicaciones orales o escritas de los ciudadanos en el Principado de Asturias». El Constitucional todavía no ha comunicado la admisión a trámite del recurso.
Dos juzgados de lo contencioso-administrativo han dictado resoluciones opuestas en menos de un mes y sobre el mismo asunto, es decir, la lucha de un funcionario por el que considera derecho fundamental a expresarse en su lengua materna. En la sentencia de Carbajo se dice que «en caso de considerarse constitucional el artículo 4 de la ley de Uso, en los términos en que se consideren válidas y eficaces las comunicaciones que dirijan los administrados en bable/asturiano ante la Administración del Principado, el fallo sería estimatorio de la pretensión del recurrente», mientras que en la firmada por Pilar Martínez Ceyanes se estima que donde la ley dice «todos los ciudadanos» debe distinguirse entre funcionarios y no funcionarios.
(de La Nueva España, 29-11-2007)
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